Comunicado BANAVIH para Empresas No Registradas en el FAOV en Línea.
El día 8 de Noviembre
de 2019 fue anunciado através de la cuenta oficial de twitter Del Banco Nacional De Vivienda Y Hábitat BANAVIH que
todas aquellas empresas que no se afiliaron al sistema FAOV en línea dentro de
los 30 días hábiles reglamentarios conforme al artículo 1 de la resolución 170
publicada en la gaceta oficial N° 39775 del 10 de octubre del 2011 que dice
textualmente Artículo 1.- “La afiliación al sistema del Fondo de Ahorro para la
Vivienda será obligatoria para todas las personas jurídicas públicas o privadas
constituidas legalmente en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
El plazo para efectuar tal registro será de 30 días hábiles contados a partir
de su fecha de constitución en el Registro Mercantil o su creación a través de
la publicación en Gaceta Oficial. El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat queda
autorizado para establecer cualquier mecanismo manual o electrónico para el
cumplimiento de la presente obligación.”
Los afectados deberán
cumplir con los siguientes pasos para proceder al desbloqueo de su RIF;
primeramente cancelando la cantidad de 9 petros en su equivalente en bolívares en
la cuenta del Banco del Venezuela 0102-0275-28-0000053057,
y luego consignar los recaudos solicitados en el comunicado expuesto en la
presente imagen ante la Gerencia De Atención Al Ciudadano En Caracas.
RECAUDOS A CONSIGNAR
Comprobante
de pago.
Acta
constitutiva de la empresa.
Rif
de la empresa.
Copia
de cedula del representante legal.
Copia
de la cedula de la persona contacto. (de
no ir el representante legal)
Copia
del poder notariado. (de no ir el
representante legal)
Copia
de la cedula del apoderado. (de no ir el
representante legal)
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