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lunes, 18 de noviembre de 2019

INTRODUCCIÓN AL MARCO JURÍDICO DEL ARRENDAMIENTO EN VENEZUELA

PENSANDO EN ARRENDAR O ALQUILAR EN VENEZUELA

Muchas personas, que por su esfuerzo, trabajo, inversión  logran adquirir un bien inmueble, o ya sea recibido por una herencia de un padre, familiar, conyugue  fallecido que vio el gran afecto que le demostraron en vida, asimismo por una separación o divorcio, entre otras formas de obtener una propiedad, la cual le puede servir como medio de sustento, una entrada extra o respaldo económico para los años postreros, pero muchas veces no se toma con la seriedad y responsabilidad necesaria al momento de arrendar o alquilar este bien inmueble.
Al tiempo de alquilar siempre sale un amigo que necesita una casa y te pide la oportunidad de arrendarte y te dice “hermano por los años de amistad, cuando yo te he fallado!”, tal vez un amigo de un familiar que es muy buena persona, o alguien con pinta de honesto, honrado, que trabaja en tal y cual compañía, entonces se reúnen hablan amablemente, dicen pagas esto, los días tal de cada mes, haces esto, limpias tú, arreglo yo, se estrechan manos, se hizo el gran negocio y das tu bien en alquiler….. 

Pero con el tiempo (poco o mucho tiempo) muchas veces pasa lo inevitable resulta que el amigo no era tan amigo, el amigo de mi familiar no era  tan buena persona y el de la pinta solo era pintura de honesto u honrado. Y aparecen los problemas como por ejemplo, no me paga a tiempo o peor aún dejo de pagarme, me daño el inmueble, me ocupo mucho tiempo la casa y ahora no puedo sacarlo o más grave se quiere quedar con ella….

Por esto nunca se debe confiar, dejar al azar o en una palabra empeñada; aunque estos contratos o convenios de palabra son válidos en la legislación venezolana, siempre quedara en el ambiente las sutilezas y ambigüedades del yo dije contra el yo entendí.  Un convenio tan importante como es el arrendar o alquilar tu bien inmueble se debe poner dicho acuerdo en manos de profesionales que te puedan asesorar y guiar de forma que el mismo quede refrendado de forma clara entre las partes. De tal modo que los acuerdos queden claros en el tiempo y sirvan de aval ante las instancias competentes a la hora de un mal entendido entre las partes y no pasen ninguna de los involucrados por “incautos o de buena fe”. Además de hacerte cumplir con todas las normativas regulatorias en el tema para evitarte molestias al transcurrir del tiempo.

En el presente texto buscamos iniciarlo a usted Sr (a)  arrendador (a)  y a usted Sr (a) arrendatario (a) en el marco jurídico actual para los arrendamientos. Que desde el 2011 el cual vino derogar todas las disposiciones contenidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 427 de Arrendamiento Inmobiliario publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.845 de fecha 7 de diciembre de 1999, destinadas, relacionadas o vinculadas con el arrendamiento inmobiliario de vivienda. y busca normar la relación arrendador-arrendatario sirviendo de intermediario el estado por medio de la Superintendencia Nacional De Arrendamiento De Vivienda (SUNAVI), dada su competencia en la Ley Para La Regularización Y Control De Los Arrendamientos De Vivienda, Gaceta Oficial De La República Bolivariana De Venezuela, N° 6.053 Extraordinario De Fecha Caracas, 12 De Noviembre De 2011, Su  Reglamento De La Ley Para  La Regularización  Y Control De Los Arrendamientos  De Vivienda. Gaceta Oficial De La República Bolivariana De Venezuela Decreto 8585 De Fecha Lunes 14 De Noviembre De 2011 Además De La Ley Contra El Desalojo Y La Desocupación Arbitraria De Viviendas, Gaceta Oficial De La República Bolivariana De Venezuela Decreto Nº 8.190 De Fecha 5 De Mayo De 2011.

1.- Superintendencia Nacional De Arrendamiento De Vivienda (Sunavi).

Es el Órgano rector de Las funciones administrativas en materia de arrendamiento de vivienda las cuales son de la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional. Fue creada la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, como parte de la estructura del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de vivienda y hábitat, correspondiéndole ejercer la rectoría en la materia objeto de regulación en la presente Ley Para La Regularización Y Control De Los Arrendamientos

2.- La Ley Para La Regularización Y Control De Los Arrendamientos 

Tiene por objeto establecer el régimen jurídico especial de arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos destinados a vivienda, ya sean arrendados o subarrendados total o parcialmente; en el marco de la novedosa legislación y Política Nacional de Vivienda y Hábitat, como un sistema integrado dirigido a enfrentar la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente; con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población; contrarrestando la mercantilización y la especulación económica con la vivienda, que la convierte en un medio de explotación y opresión del ser humano por el ser humano; y promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social, de derecho y de justicia, cumpliendo el mandato de refundación de la República, establecido en la Carta Magna.

3.- El Reglamento De La Ley Para  La Regularización  Y Control De Los Arrendamientos  De Vivienda

Este  reglamento  tiene.   por  objeto  regular, desarrollar  y  establecer los procedimientos administrativos, establecidos  en la ley para la regularización y control de los arrendamientos  de vivienda. 

4.- La Ley Contra El Desalojo Y La Desocupación Arbitraria De Viviendas

Tiene por objeto la protección de las arrendatarias y arrendatarios, comodatarios y ocupantes o usufructuarios de bienes inmuebles destinados a vivienda principal, así como las y los adquirientes de viviendas nuevas o en el mercado secundario, contra medidas administrativas o judiciales mediante las cuales se pretenda interrumpir o cesar la posesión legítima que ejercieren, o cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble des- tinado a vivienda.

En próximos post iremos dando detalles sobre los pormenores de la presente legislación y sus aplicaciones.

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